El Consejo de Capacitación Profesional proyectará su presupuesto
anualmente y lo elevará al Poder Ejecutivo para su aprobación, conjuntamente con el plan de actividades para el año. El proyecto comprenderá: I) Programas de funcionamiento discriminados en rubros de
gastos y retribuciones personales; II) Previsión de los recursos y
estimación de su producido; III) Programas de inversiones y IV) Normas
para su ejecución e interpretación.