LEY DE FARMACIAS




Promulgación: 11/01/1985
Publicación: 16/04/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1985
  •    Página: 38
Referencias a toda la norma

CAPITULO IV - DE LA PROPIEDAD DE LOS ESTABLECIMIENTOS

Artículo 15

  La propiedad de los establecimientos de la segunda categoría (Farmacia
Hospitalaria) deberá pertenecer al titular del servicio, sea público o
privado.
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