DEFENSA NACIONAL. ORGANIZACION




Promulgación: 18/06/1942
Publicación: 22/07/1942
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1942
  •    Página: 639
Referencias a toda la norma

TITULO VI 
Instrucción del personal

Artículo 53

   Las personas cuya instrucción sea suficiente, a juicio de los Jefes de
Servicios, podrán ser dispensadas de asistir a ciertas sesiones o clases,
pero nunca a los ejercicios de conjunto. Para los primeros se tendrá que
probar competencia, previo examen, cuyas modalidades y organización serán
impartidas por la Dirección General de Defensa Pasiva.
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