Jefes de Servicios de Defensa Pasiva.
Serán los funcionarios que designen las reparticiones nacionales y
municipales, en cada servicio público o administrativo, o en las industrias privadas que designe el Ministerio de Defensa Nacional, los que actuarán de acuerdo con sus Jefes jerárquicos, patronos o gerentes de acuerdo con los reglamentos e instrucciones que imparta la Dirección General de Defensa Pasiva y las particulares para cada caso.