ACTO INSTITUCIONAL Nº 7




Promulgación: 27/06/1977
Publicación: 30/06/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1977
  •    Página: 1383
Ver vigencia: Decreto Constitucional Nº 17/984 de 16/07/1984 artículo 1.
Reglamentada por: Decreto Nº 550/977 de 04/10/1977.
Referencias a toda la norma

Artículo 13

Cada Municipio y Servicio Descentralizado, el Tribunal de Cuentas y la
Corte Electoral llevarán su Registro, el que estará a cargo del Contador o
funcionario que haga sus veces, quien es responsable directo y personal
del cumplimiento de las normas impuestas por el presente Acto. (*)
Referencias al artículo
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