(Actualizado: marzo, 2025)
GUÍA NORMATIVA:
Ley 19.728 de 21/12/2018
Decreto 58/025 de 25/02/2025
¿Sabías que…
por ley se declaró de interés nacional el tratamiento de la fibromialgia?
Comprende la investigación de sus causas, el diagnóstico, la asistencia integral y la rehabilitación.
La fibromialgia no será causa de discriminación en ningún ámbito; por Decreto del 2025 se estableció que por sí misma no será causa de inhabilitación para el ingreso o desempeño en un trabajo o actividad deportiva.
¿Qué se dispone en relación a los prestadores de salud?
El Ministerio de Salud Pública (MSP) impulsará un programa sobre esta enfermedad, con participación de los prestadores de salud públicos y privados, para su difusión, detección y atención.
El Decreto del 2025 dispuso que los prestadores de salud deberán optimizar los procedimientos asegurando una evaluación integral, para el correcto diagnóstico, seguimiento y rehabilitación del paciente.
¿Qué competencias se atribuyen al Ministerio de Salud Pública?
- Difundir información sobre la fibromialgia y sus complicaciones, para su detección temprana, tratamiento y control adecuado.
- Crear espacios de reflexión, cursos informativos y realizar otras acciones para que participen activamente las personas con fibromialgia y sus familias.
- Promover su investigación y contribuir a desarrollar actividades de docencia y capacitación.
- Formar recursos humanos especializados para la atención integral de los pacientes.
- Llevar un registro estadístico de personas con la enfermedad y sus patologías derivadas
- Contribuir con la capacitación continua de profesionales de la salud y de quienes trabajan en la mejora de la calidad de vida de las personas.
Asimismo, el Decreto del 2025, establece que el MSP dispondrá la elaboración de un protocolo de atención de las personas con fibromialgia, el que se actualizará periódicamente.
¿Qué establece acerca de los trabajadores con fibromialgia?
La enfermedad no puede ser invocada como causal legítima de despido, ni en el sector público ni en el privado.
En controversias judiciales o administrativas en que puedan ser afectados los derechos de un trabajador que tenga la condición de paciente con fibromialgia, será necesario el dictamen del Banco de Previsión Social (BPS) realizado por las juntas médicas especializadas (integradas por reumatólogos, fisiatras, psicólogos y psiquiatras).
El BPS, el Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas, la Dirección Nacional de Asistencia y Seguridad Social Policial, la Caja de Jubilaciones y Pensiones Bancarias, la de Profesionales Universitarios y la Caja Notarial de Seguridad Social, conformarán las juntas médicas especializadas para establecer los casos de incapacidad parcial o total, transitoria o definitiva, a efectos de determinar los derechos jubilatorios o pensionarios.