APROBADO POR DECRETO N° 123/012




Promulgación: 16/04/2012
Publicación: 27/04/2012
Aprobado/a por: Decreto Nº 123/012 de 16/04/2012.

 Ver:  Resolución OPP Nº 4/019 de 17/01/2019  (actualizaciones y 
anotaciones realizadas a enero 2019)  ,
      Resolución OPP Nº 128/017 de 13/12/2017  (actualizaciones y 
anotaciones realizadas a enero 2018) ,
      Resolución OPP Nº 228/016 de 23/12/2016  (actualizaciones y 
anotaciones realizadas a enero 2017) ,
      Resolución OPP Nº 1/016 de 18/01/2016  (actualizaciones y 
anotaciones realizadas a enero 2016) ,
      Resolución OPP Nº 1/014 de 20/01/2014  (actualizaciones y 
anotaciones realizadas a enero 2014) ,
      Resolución OPP Nº 240/012 de 14/12/2012  (actualizaciones y 
anotaciones realizadas a noviembre 2012) .

TITULO II
FINANCIAMIENTO
Capítulo 1 Régimen general

Artículo 26

 (Tratamiento especifico de la financiación con el producido de la enajenación de inmuebles del Ministerio del Interior).- Autorízase al
Poder Ejecutivo a enajenar o disponer derechos sobre los bienes inmuebles
del Estado, que se encuentren bajo la administración del Inciso 04
"Ministerio del Interior". El producido de las enajenaciones será
utilizado para proyectos de inversión de las distintas unidades ejecutoras
del Inciso. De lo actuado se dará cuenta a la Asamblea General.

Fuente: Artículo 271 de la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010.
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