APROBADO POR DECRETO Nº 338/996




Promulgación: 28/08/1996
Publicación: 16/09/1996
Aprobado/a por: Decreto Nº 338/996 de 28/08/1996.

 
Reforma Tributaria -Ley Nº 18.083- (vigencia)

TITULO 2 - DERECHO TRIBUTARIO INTERNACIONAL
CAPITULO 20 - CONVENIO DE COOPERACION CIENTIFICA Y TECNOLOGICA ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ARGENTINA

Artículo 88-T2

   Las Partes Contratantes concederán a los expertos, científicos y 
técnicos que reciban y a los miembros de su familia, así como a sus
efectos personales, bienes y haberes, los privilegios e inmunidades de 
los que goza el personal enviado en misiones similares por las Naciones
Unidas o por sus Organismos Especializados.

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