TITULO 3 - ALGUNAS EXONERACIONES DE INTERES GENERAL CAPITULO 29 - ZONA FRANCA
Artículo 141-T3
Son usuarios de zonas francas todas las personas físicas o jurídicas
que adquieran derecho a desarrollar en ellas cualquiera de las
actividades a que se refiere el artículo 2º de la Ley Nº 15.921, de 17 de
diciembre de 1987. Las empresas instaladas en zonas francas no podrán
desarrollar actividades industriales, comerciales y de servicios, fuera
de las mismas.
Fuente: Ley 15.921 de 17 de diciembre de 1987, artículo 14º.
(*)Notas:
Consulte derogaciones, modificaciones e incidencias en la/s Norma/s
FUENTE: Ley Nº 15.921 de 17/12/1987 artículo 14.
Ver en esta norma, artículo:56 - Título 4.