APROBADO POR DECRETO Nº 338/996




Promulgación: 28/08/1996
Publicación: 16/09/1996
Aprobado/a por: Decreto Nº 338/996 de 28/08/1996.

 
Reforma Tributaria -Ley Nº 18.083- (vigencia)

TITULO 4 - IMPUESTO A LAS RENTAS DE LAS ACTIVIDADES ECONOMICAS (IRAE)
Título sustituido (este Título regulaba el Impuesto a las Rentas de 
la Industria y Comercio).
CAPITULO XVII - ADICIONAL DEL IRAE ESPECIFICO A LA RENTA PROVENIENTE DE LA EXPLOTACION DE LA MINERIA DE GRAN PORTE

Artículo 111-T4

    Liquidación.- Para la determinación del monto del Adicional del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE), la tasa del artículo 110 se aplicará sobre la renta neta operacional minera del ejercicio fiscal.
   Los contribuyentes que verifiquen la definición de conjunto económico 
para la titularidad de proyectos de Minería de Gran Porte, liquidarán el presente Adicional en forma individual. (*)  

(*)Notas:
Capítulo agregado por Ley Nº 19.126 de 11/09/2013 artículo 42.
Agregado/s por: Ley Nº 19.126 de 11/09/2013 artículo 42.
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