CASOS DE FUERZA MAYOR QUE DAN DERECHO A INDEMNIZACION
Artículo 61
El Contratista no podrá bajo pretexto alguno de error u omisión de su parte, reclamar aumento en el precio de la obra contratado.
Si la licitación se hubiera efectuado a la baja con relación a un
presupuesto preparado por la Dirección, los errores materiales que en
este caso se hubieran deslizado se podrán corregir en cualquier tiempo
antes de la liquidación final.