Los contratistas deberán identificar en sus propuestas los montos imponibles sobre los que se calcularán los aportes por leyes sociales a
la Dirección General de la Seguridad Social, siendo de su cargo las
diferencias en más que se produzcan por este concepto.
El Ministerio de Transporte y Obras Públicas podrá exigir en los
Pliegos de Especificaciones Particulares de cada obra que los
contratistas determinen en sus propuestas la cantidad de materiales
suministrados por el Estado a utilizar. Si se superan las cantidades
establecidas, el contratista deberá su importe al Estado.