APROBADO POR DECRETO N° 455/001




Promulgación: 22/11/2001
Publicación: 26/11/2001
Aprobado/a por: Decreto Nº 455/001 de 22/11/2001.

TITULO II - MODALIDADES DE PRESTACION DE ASISTENCIA
CAPITULO V - DE LA ASISTENCIA MEDICA PRIVADA PARTICULAR DE COBERTURA PARCIAL (SEGUROS PARCIALES)

Artículo 84

   Exclusiones.-
   Son de aplicación para los Seguros Parciales las exclusiones y otras
limitaciones que el Ministerio de Salud Pública admite para las
Instituciones de Asistencia Médica Colectiva.

Fuente: Decreto No. 495/989 de 31 de octubre de 1989, artículo 5°.
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