TITULO IV - DERECHOS Y DEBERES DE LOS USUARIOS Y PRESTADORES DE
ASISTENCIA MEDICA CAPITULO II - CONDUCTA MEDICA Y DERECHOS DEL PACIENTE
Artículo 232
Procedimiento.-
En los casos a que se refiere el artículo precedente serán aplicables
además los principios generales establecidos en los artículos 246 y
siguientes de este texto, en lo pertinente.
Fuente: Decreto No. 258/992 de 9 de junio de 1992 artículo 47º.