TITULO IV - DERECHOS Y DEBERES DE LOS USUARIOS Y PRESTADORES DE
ASISTENCIA MEDICA CAPITULO II - CONDUCTA MEDICA Y DERECHOS DEL PACIENTE
Artículo 226
Participación.-
El paciente tiene derecho a participar en las decisiones relacionadas
con su tratamiento. El hospital tiene que darle por escrito un plan
terapéutico a seguir, luego del alta.
Fuente: Decreto No. 258/992 de 9 de junio de 1992 artículo 37º.
(*)Notas:
Consulte derogaciones, modificaciones e incidencias en la/s Norma/s
FUENTE: Decreto Nº 258/992 de 09/06/1992 artículo 41.