TITULO IV - DERECHOS Y DEBERES DE LOS USUARIOS Y PRESTADORES DE
ASISTENCIA MEDICA CAPITULO II - CONDUCTA MEDICA Y DERECHOS DEL PACIENTE
Artículo 223
Derecho a negarse a recibir tratamiento.-
El paciente tiene derecho a negarse a recibir tratamiento y a que se
le expliquen las consecuencias de esta negativa para su salud, sin
perjuicio de las medidas que corresponda adoptar frente a patologías que
impliquen riesgo cierto para la sociedad que integra.
Fuente: Decreto No. 258/992 de 9 de junio de 1992 artículo 38º.
(*)Notas:
Consulte derogaciones, modificaciones e incidencias en la/s Norma/s
FUENTE: Decreto Nº 258/992 de 09/06/1992 artículo 38.