APROBADO POR DECRETO N° 455/001




Promulgación: 22/11/2001
Publicación: 26/11/2001
Aprobado/a por: Decreto Nº 455/001 de 22/11/2001.

TITULO IV - DERECHOS Y DEBERES DE LOS USUARIOS Y PRESTADORES DE
ASISTENCIA MEDICA
CAPITULO II - CONDUCTA MEDICA Y DERECHOS DEL PACIENTE

Artículo 214

   Derechos generales.-
   La enumeración no taxativa de deberes y prohibiciones contenida en
los artículos precedentes no afecta en lo más mínimo los derechos del
médico inherentes a su condición de persona humana, de profesional
universitario y de trabajador - tanto de carácter individual como
colectivo - reconocidos, establecidos o garantizados por reglas de
Derecho.

Fuente: Decreto No. 258/992 de 9 de junio de 1992 artículo 29º.
        Texto ajustado

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