CODIGO PENAL
Versión Oficial publicada el 26.10.1967 (Decreto Nº 698/967).
(De la adquisición, transferencia y comercio de esclavos y reducción de otros hombres a la esclavitud) El que redujere a esclavitud o a otra condición análoga a una persona, el que adquiera o transfiera esclavos y el que trafique con ellos, será castigado con dos a seis años de penitenciaría.Ayuda