CODIGO PENAL
Versión Oficial publicada el 26.10.1967 (Decreto Nº 698/967).
(Responsabilidad de los padrinos) Los padrinos serán juzgados como cómplices en los delitos precedentemente establecidos, salvo que tratándose de los hechos previstos en el inciso 3.o del artículo 201 hubieran jugado un rol preponderante en el fraude, en cuyo caso serán juzgados como autores.Ayuda