CODIGO DE COMERCIO


Texto original


Promulgación: 26/05/1865
Publicación: No fue publicado
Fuente: Compilación de Leyes y Decretos de E. Armand Ugón y Otros Tomo: VI 1863-66

CODIGO DE COMERCIO

Artículo 934

Todo cuanto se ha establecido en el título anterior, respecto de las letras, servirá igualmente de regla para los vales, billetes, pagarés, conformes de plaza que sean pagaderos a la orden, y demás papeles de comercio, en cuanto pueda ser aplicable.
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