CODIGO DE COMERCIO


Texto original


Promulgación: 26/05/1865
Publicación: No fue publicado
Fuente: Compilación de Leyes y Decretos de E. Armand Ugón y Otros Tomo: VI 1863-66

CODIGO DE COMERCIO

Artículo 73

Si los libros se hallasen fuera de la residencia del tribunal que decretó 
la exhibición, se verificará ésta en el lugar donde existen dichos libros 
sin exigirse en ningún caso, su traslación al lugar del juicio.

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