CODIGO DE COMERCIO


Texto original


Promulgación: 26/05/1865
Publicación: No fue publicado
Fuente: Compilación de Leyes y Decretos de E. Armand Ugón y Otros Tomo: VI 1863-66

CODIGO DE COMERCIO

Artículo 55

Los libros que los comerciantes deben tener indispensablemente, son los 
siguientes:
4. El libro diario. 
5. El de inventarios. 
6. El copiador de cartas. 

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