CODIGO DE COMERCIO


Texto original


Promulgación: 26/05/1865
Publicación: No fue publicado
Fuente: Compilación de Leyes y Decretos de E. Armand Ugón y Otros Tomo: VI 1863-66

CODIGO DE COMERCIO

Artículo 5

Todos los que se dedican al comercio, una vez que tengan la calidad de 
comerciantes, según la ley, están sujetos a la jurisdicción, reglamentos 
y legislación comercial. 
Los actos de los comerciantes se presumen siempre actos de comercio, 
salva la prueba contraria.

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