CODIGO DE COMERCIO


Texto original


Promulgación: 26/05/1865
Publicación: No fue publicado
Fuente: Compilación de Leyes y Decretos de E. Armand Ugón y Otros Tomo: VI 1863-66

CODIGO DE COMERCIO

Artículo 39

Se supone el ejercicio habitual del comercio para todos los efectos 
legales, desde la fecha de la inscripción en la matrícula de 
comerciantes.

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