CODIGO DE COMERCIO


Texto original


Promulgación: 26/05/1865
Publicación: No fue publicado
Fuente: Compilación de Leyes y Decretos de E. Armand Ugón y Otros Tomo: VI 1863-66

CODIGO DE COMERCIO

Artículo 335

La comisión es el mandato para una o más operaciones de comercio 
individualmente 
determinadas, que deben hacerse y concluirse a nombre del comisionista, o 
bajo la razón social que represente (art. 300).

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