CODIGO DE COMERCIO


Texto original


Promulgación: 26/05/1865
Publicación: No fue publicado
Fuente: Compilación de Leyes y Decretos de E. Armand Ugón y Otros Tomo: VI 1863-66

CODIGO DE COMERCIO

Artículo 300

Se llama especialmente mandato, cuando el que administra el negocio obra 
en nombre de la persona que se lo ha encomendado. 
Se llama comisión o consignación, cuando la persona que desempeña el 
negocio obra a nombre propio, sin declarar el nombre del individuo que le 
ha hecho el encargo.
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