Fuente: Compilación de Leyes y Decretos de E. Armand Ugón y Otros Tomo: VI 1863-66
CODIGO DE COMERCIO
Están prohibidos por incapacidad legal: 1. Los que se hallan en estado de interdicción. 2. Los quebrados que no hayan obtenido rehabilitación, salvo las limitaciones del artículo 1613.Ayuda