Fuente: Compilación de Leyes y Decretos de E. Armand Ugón y Otros Tomo: VI 1863-66
CODIGO DE COMERCIO
Sea que la obligación principal contenga o no, plazo en que deba cumplirse, no se incurre en la pena, sino cuando el obligado a entregar, a tomar, o a hacer, ha incurrido en mora (artículo 213).Ayuda