Fuente: Compilación de Leyes y Decretos de E. Armand Ugón y Otros Tomo: VI 1863-66
CODIGO DE COMERCIO
La cláusula penal, es aquella en cuya virtud, una persona, para asegurar la ejecución de la convención, se obliga a alguna pena en caso de falta de cumplimiento.Ayuda