Fuente: Compilación de Leyes y Decretos de E. Armand Ugón y Otros Tomo: VI 1863-66
CODIGO DE COMERCIO
Cuando son varios los acreedores o deudores por contrato, el derecho y la obligación se dividen ipso jure, entre todos los individuos enumerados conjuntamente, sea como acreedores o deudores de una misma cosa, a no ser que disponga de diverso modo la ley o la convención.Ayuda