CODIGO DE COMERCIO


Texto original


Promulgación: 26/05/1865
Publicación: No fue publicado
Fuente: Compilación de Leyes y Decretos de E. Armand Ugón y Otros Tomo: VI 1863-66

CODIGO DE COMERCIO

Artículo 264

La regla expresada en el artículo anterior sólo cesa en el caso de que la 
solidaridad tenga lugar ipso jure, en virtud de disposición de la ley.

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