CODIGO DE COMERCIO


Texto original


Promulgación: 26/05/1865
Publicación: No fue publicado
Fuente: Compilación de Leyes y Decretos de E. Armand Ugón y Otros Tomo: VI 1863-66

CODIGO DE COMERCIO

Artículo 238

Es nula toda obligación contraída bajo condición meramente potestativa de 
parte del obligado. 
Pero si la condición no hiciere depender la obligación, meramente de la 
voluntad del obligado, sino de un hecho que está en su mano ejecutar o 
no, la convención será válida.

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