Fuente: Compilación de Leyes y Decretos de E. Armand Ugón y Otros Tomo: VI 1863-66
CODIGO DE COMERCIO
La autorización del marido para ejercer actos de comercio, sólo comprende los que sean de ese género. La mujer autorizada para comerciar no puede presentarse en juicio, ni aún por los hechos o contratos relativos a su comercio, sin la venia expresa del marido, o la judicial en su defecto.Ayuda