CODIGO DE COMERCIO


Texto original


Promulgación: 26/05/1865
Publicación: No fue publicado
Fuente: Compilación de Leyes y Decretos de E. Armand Ugón y Otros Tomo: VI 1863-66

CODIGO DE COMERCIO

Artículo 207

El resultado de las operaciones y transacciones que se verifican en la 
Bolsa determina el curso del cambio, el precio corriente de las 
mercaderías, fletes, seguros, fondos públicos nacionales y otros 
cualesquiera papeles de crédito cuyo curso sea susceptible de cotización.

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