Fuente: Compilación de Leyes y Decretos de E. Armand Ugón y Otros Tomo: VI 1863-66
CODIGO DE COMERCIO
Mediando corredor en la negociación, se tendrá por perfecto el contrato, luego que las partes contratantes hayan aceptado, sin reserva ni condición alguna las propuestas del corredor: expresada la aceptación, no puede tener lugar el arrepentimiento de las partes.Ayuda