Fuente: Compilación de Leyes y Decretos de E. Armand Ugón y Otros Tomo: VI 1863-66
CODIGO DE COMERCIO
La responsabilidad del acarreador empieza a correr desde el momento en que recibe las mercancías por sí o por la persona destinada al efecto, y no acaba hasta después de verificada la entrega.Ayuda