Fuente: Compilación de Leyes y Decretos de E. Armand Ugón y Otros Tomo: VI 1863-66
CODIGO DE COMERCIO
Los barraqueros o administradores de depósito responden por los hurtos acaecidos dentro de sus barracas o almacenes, a no ser que sean cometidos por fuerza mayor, la que deberá justificarse, inmediatamente después del suceso, con citación de los interesados o de quienes los representen.Ayuda