Fuente: Compilación de Leyes y Decretos de E. Armand Ugón y Otros Tomo: VI 1863-66
CODIGO DE COMERCIO
Todo propietario o partícipe en un buque es personalmente responsable en proporción de su aporte, de los gastos de refacciones del buque, y otros que se hagan por su orden o por orden de la comunidad.Ayuda