CODIGO DE COMERCIO


Texto original


Promulgación: 26/05/1865
Publicación: No fue publicado
Fuente: Compilación de Leyes y Decretos de E. Armand Ugón y Otros Tomo: VI 1863-66

CODIGO DE COMERCIO

Artículo 1003

La nulidad del nuevo título, la pérdida o la evicción de la cosa dada en 
pago, no hacen revivir los derechos que resultaban de la obligación 
extinguida por la novación.

Ayuda