CODIGO GENERAL DEL PROCESO (aprobado por Ley N° 15.982)
Declaración y publicación 414.1 El tribunal declarará abierta judicialmente la sucesión y ordenará la publicación de edictos, haciéndolo saber a todos los que tengan interés en ella. 414.2 Los edictos se publicarán conforme con lo dispuesto en el artículo 89. Los edictos se publicarán por el término de diez días. (*)Ayuda