CODIGO RURAL (aprobado por Ley N° 10.024)
El que tuviere o facilitare juegos de azar en contravención de las leyes, o el que en las mismas circunstancias tomare participación en ellos, será castigado de acuerdo con los números 9 y 10 del artículo 361 y 362 del Código Penal.Ayuda