Texto original


Promulgación: 08/01/1982
Publicación: 16/02/1982

CODIGO DE MINERIA
(aprobado por Decreto Ley N° 15.242)

Artículo 132

    La actualización de los valores monetarios establecidos
en el presente Código será realizada en el mes de enero de cada año por el
Poder Ejecutivo de acuerdo con la variación oficial del índice del costo
de vida.
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