VISTO: la solicitud de la empresa LABORATORIO ION S.A., con número de RUT
210807820016, tendiente a que se modifique el numeral 2° de la Resolución
del Poder Ejecutivo de fecha 18 de enero de 2011, por la que se declaró
promovida la actividad de su proyecto de inversión;
RESULTANDO: que no se incluyeron en el mencionado numeral de dicha
Resolución, reactores de cremas que fueron previstos en la importación del
proyecto original y que fueron declarados no competitivos de la industria
nacional;
ATENTO: a lo expuesto y lo establecido en el Decreto Ley No. 14.178 del 28
de marzo de 1974, en la Ley No. 16.906 de 7 de enero de 1998, en el
Decreto 455/007 de 26 de noviembre de 2007 y en la Resolución del Poder
Ejecutivo de 10 de agosto de 2010;
EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
en ejercicio de atribuciones delegadas,
RESUELVEN:
1
Modifícase el numeral 2° de la Resolución del Poder Ejecutivo de 18 de
enero de 2011, por la que se declaró promovida la actividad de su proyecto
de inversión en el sentido de incluir reactores de cremas en el listado de
equipamiento a importar, los que fueron declarados no competitivos de la
industria nacional;