VISTO: la solicitud de la empresa APIARIOS CABRAL LTDA., con número de RUT
212036500018, tendiente a que se amplíe la Resolución del Poder Ejecutivo
de fecha 5 de agosto de 2010, por la que se declaró promovida la actividad
de su proyecto de inversión;-
RESULTANDO: que la aplicación del proyecto tiene como objetivo la
incorporación de equipamiento con la finalidad de aumentar la capacidad de
envasado de té de diferentes tipos de yoyos;-
CONSIDERANDO: I) que la Comisión de Aplicación creada por el art. 12°. de
la Ley 16.906, de 7 de enero de 1998, en base al informe y la
recomendación realizada por el Ministerio de Industria, Energía y Minería,
decide recomendar al Poder Ejecutivo el otorgamiento de beneficios
establecidos en la citada Ley;-
II) que la ampliación del proyecto presentado por APIARIOS CABRAL LTDA.,
da cumplimiento con el artículo 11 de la Ley No. 16.906, de 7 de enero de
1998;-
ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por el Decreto Ley No. 14.178 de
Promoción Industrial de 28 de marzo de 1974, la Ley No. 16.906 de 7 de
enero de 1998 y la Resolución del Poder Ejecutivo No. 1.248, de 10 de
agosto de 2010;-
EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
en ejercicio de atribuciones delegadas,
RESUELVEN:
1
Amplíase la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 5 de agosto de 2010,
por la que se declaró promovida la actividad del proyecto de inversión de
la empresa APIARIOS CABRAL LTDA., tendiente a la incorporación de
equipamiento con la finalidad de aumentar la capacidad de envasado de té
de diferentes tipos de yuyos, por un monto de UI 413.091.-