VISTO: la Resolución del Poder Ejecutivo de 1 de diciembre de 2008 por la
cual se declaró promovida la actividad del proyecto de inversión de la
empresa AGUIA MADERAS URUGUAY S.A., con número de RUT 215239620012;
RESULTANDO: que la empresa no ha dado estricto cumplimiento a la entrega
de la información necesaria para el seguimiento del proyecto de inversión
según lo establecido en el Art. 11° del Decreto No. 455 del 26 de
noviembre de 2007 y en la mencionada Resolución.
CONSIDERANDO: I) que el Ministerio de Industria, Energía y Minería informa
que de acuerdo a lo establecido en el Art. 12° literal a) del Decreto No.
455 del 26 de noviembre de 2007, la empresa se encuentra en situación de
incumplimiento con las obligaciones asumidas, lo cual implica la pérdida
de los beneficios obtenidos.
II) que la Comisión de Aplicación, creada por la Ley 16.906 de 7 de enero
de 1998, en base al informe realizado por el Ministerio de Industria,
Energía y Minería recomienda revocar la declaratoria promocional del
proyecto presentado por la empresa AGUIA MADERAS URUGUAY S.A.;
ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido en el Decreto Ley No. 14.178 de
Promoción Industrial de 28 de marzo de 1974, la Ley No. 16.906 de 7 de
enero de 1998, en el Decreto 455/007 de 26 de noviembre de 2007 y la
Resolución del Poder Ejecutivo No. 1.248, de 10 de agosto de 2010;
EL MINISTRO DE INDUSTRIA ENERGÍA Y MINERÍA Y
EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS,
en ejercicio de atribuciones delegadas,
RESUELVEN:
1
Revócase la Resolución de fecha 1 de diciembre de 2008, por la que se
declaró promovida la actividad del proyecto de inversión de la empresa
AGUIA MADERAS URUGUAY S.A.