VISTO: la solicitud de la empresa ITACARE S.A., con número de RUT
211538400011, de obtener la declaratoria promocional para la actividad que
se propone realizar según su proyecto de inversión y la concesión de
diversos beneficios promocionales;
RESULTANDO: que el proyecto presentado tiene como objetivo completar la
automatización total de producción del producto y optimizar la capacidad
de los equipamientos adquiridos en el proyecto anterior para la producción
y comercialización de productos panificados;
CONSIDERANDO: I) que la Comisión de Aplicación creada por el art. 12°. de
la Ley 16.906, de 7 de enero de 1998, en base al informe de evaluación y
la recomendación realizada por el Ministerio de Industria, Energía y
Minería, decide recomendar al Poder Ejecutivo el otorgamiento de
beneficios establecidos en la citada Ley;
II) que el proyecto presentado por ITACARE S.A. da cumplimiento con el
artículo 11 de la Ley No. 16.906, de 7 de enero de 1998;
ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por el Decreto Ley No. 14.178 de
Promoción Industrial del 28 de marzo de 1974, la Ley No. 16.906 de 7 de
enero de 1998 y la Resolución del Poder Ejecutivo No. 1.248 de 10 de
agosto de 2010;
EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
en ejercicio de atribuciones delegadas,
RESUELVEN:
1
Declárase promovida la actividad del proyecto de inversión presentado por
ITACARE S.A., tendiente a completar la automatización total de producción
del producto y optimizar la capacidad de los equipamientos adquiridos en
el proyecto anterior para la producción y comercialización de productos
panificados, por un monto de UI 16.313.018.