AUTORIZACION PARA LA INCORPORACION DE TADILNOR S.A.COMO SOCIO DE VAL S.R.L. EN CALIDAD DE LICENCIATARIA DEL SERVICIO DE TELEVISION PARA ABONADOS




Promulgación: 05/12/2016
Publicación: 14/12/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Ver: Resolución Nº 178/017 de 06/03/2017 numeral 1.
   VISTO: la solicitud de VAL S.R.L., licenciataria del servicio de televisión para abonados por la modalidad cable, en las localidades de La Paz y Las Piedras, departamento de Canelones, solicitando la autorización para incorporar a TADILNOR S.A., como su socio; 

   RESULTANDO: I) que por Resolución de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) N° 257 de 12 de agosto de 2004, se otorgó a VAL S.R.L., la licencia de telecomunicaciones clase D, para prestar el servicio de televisión para abonados, en modalidad "cable", en las localidades de La Paz y Las Piedras, departamento de Canelones; 

   II) que según testimonio notarial, obrante en el expediente, con fecha 30 de junio de 2014 se procedió a modificar la integración social de VAL S.R.L., incorporando como nuevo socio a TADILNOR S.A., procediendo asimismo al aumento de capital social, correspondiendo a ésta un total de 33.250 cuotas sociales (treinta y tres mil doscientas cincuenta) y 875 cuotas sociales (ochocientos setenta y cinco) a cada uno de los socios: Sr. Jorge Gastón Vallarino Durante y Sra. María Cecilia Stella Chiossi Costa; 

   III) que la empresa TADILNOR S.A., se encuentra integrada de acuerdo al siguiente detalle y su correspondiente porcentaje del paquete accionario: Rafael Inchausti Chao, 12,66%; Martín Ois Patisson, 9,66%; Alberto Nowinski Dutrenit, 10,66%; Gabriel Pérez González, 4%; Juan Diego Abal Acosta, 10%; Fernando Parrado Dolgay, 10%; Luis Nelson Balparda Guala, 10%; Néstor Osvaldo Criscio Gelmi, 3%; Martín Eduardo Yaquinta Higgs, 3%; Daniel Fernando Yaquinta Higgs, 3%; María Soledad Yaquinta Higgs, 3%; Juan Manuel Yaquinta Higgs, 3%; Héctor Oscar Amengual Dupetit, 2%, Ignacio Cersósimo Salvo, 2%, Carlos Elias Uriarte Olivera, 8%; Magdalena Abadie Malet, 5,02%, Florencia Escardó, 1%; 

   CONSIDERANDO: I) que los solicitantes han cumplido con los requisitos y exigencias establecidos por la normativa aplicable, en el caso, los que establecía el Decreto N° 349/990, de 7 de agosto de 1990 y 115/003, de 25 de marzo de 2003, y lo dispuesto por la Ley N° 19.307, de 29 de diciembre de 2014; 

   II) que VAL S.R.L., continúa siendo la titular de la licencia para la prestación del servicio de televisión para abonados habiendo acreditado la incorporación de un nuevo socio y su aumento de capital mediante testimonio notarial de modificación de contrato social, de acuerdo a lo que establecía el Decreto N° 353/006, de 2 de octubre de 2006; 

   III) que VAL S.R.L., ha acreditado los extremos requeridos por el artículo 3° del Decreto N° 347/992, de 21 de julio de 1992, referentes al cumplimiento de sus obligaciones tributarias y aportes a la Seguridad Social: 

   IV) que la licenciataria no mantiene adeudos con la Administración;

   V) que la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual (DINATEL), en su informe de 31 de agosto de 2016, informa que fueron debidamente acreditados todos los extremos solicitados a TADILNOR S.A.; 

   VI) que la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería, en virtud de lo actuado e informado, concluye que se está en condiciones de acceder a lo peticionado; 

   ATENTO: a lo expuesto, a lo dispuesto por el artículo 94 de la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001 en la redacción dada por el artículo 147 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010, Ley N° 19.307, de 29 de diciembre de 2014, Decretos Nos. 349/990, de 7 de agosto de 1990, 353/006, de 2 de octubre de 2006, 115/003, de 25 de marzo de 2003 y a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería; 

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Autorizar la incorporación de TADILNOR S.A., como socio de VAL S.R.L., en su calidad de licenciataria del servicio de televisión para abonados por la modalidad cable, en las localidades de La Paz y Las Piedras, departamento de Canelones. 

2

   Determínase que la empresa VAL S.R.L., quedará integrada por el Sr. Jorge Gastón Vallarino Durante y la Sra. María Cecilia Stella Chiossi Costa con 875 (ochocientas setenta y cinco) cuotas sociales cada uno y TADILNOR S.A., con 33.250 (treinta y tres mil doscientas cincuenta) cuotas sociales. 

3

   Determínase que TADILNOR S.A., está integrada con el porcentaje del paquete accionario, como sigue: Rafael Inchausti Chao, 12,66%; Martín Ois Patisson, 9,66%; Alberto Nowinski Dutrenit, 10,66%; Gabriel Pérez González, 4%; Juan Diego Abal Acosta, 10%; Fernando Parrado Dolgay, 10%; Luis Nelson Balparda Guala, 10%; Néstor Osvaldo Criscio Gelmi, 3%; Martín Eduardo Yaquinta Higgs, 3%; Daniel Fernando Yaquinta Higgs, 3%; María Soledad Yaquinta Higgs, 3%; Juan Manuel Yaquinta Higgs, 3%; Héctor Oscar Amengual Dupetit, 2%, Ignacio Cersósimo Salvo, 2%, Carlos Elias Uriarte Olivera, 8%; Magdalena Abadie Malet, 5,02%, Florencia Escardó, 1%. 

4

   Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones para su notificación y demás efectos. Cumplido, archívese.

   RAÚL SENDIC - CAROLINA COSSE
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