Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: La solicitud efectuada por la firma FRASLE S.A., a fin de que se
extienda el beneficio de Seguro por Desempleo que abona el Banco de
Previsión Social a 16 (dieciséis) de sus empleados.
Resultando: Que la citada empresa se vio obligada a mermar
transitoriamente su producción, ante una situación coyuntural adversa,
ajena a su producción que ha afectado a la Industria Textil Nacional,
determinando la imposibilidad del reintegro de sus trabajadores a su
trabajo habitual en forma inmediata.
Considerando: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto Ley Nº
15.180.
II) Que resulta de interés general el mantenimiento de la fuente de
trabajo que proporciona la empresa, teniendo presente que posee
tecnologíade avanzada y con personal especializado que se perdería si no
se prorrogara el Seguro por Desempleo.
III) En tal sentido, resulta conveniente conceder una extensión del
amparo al Seguro por Desempleo a efectos de permitir a la Empresa seguir
instrumentando las medidas necesarias a efectos de mantener la unidad de
producción.
Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el art. 10
del Decreto ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.
El Presidente de la República
RESUELVE:
Extiéndase por el plazo de 30 (treinta) días, a contar desde los
respectivos vencimientos, el amparo del beneficios del Seguro por
Desempleo que otorga el Banco de Previsión Social, a los 16 (dieciséis)
trabajadores de la firma FRASLE S.A., que se encuentren en condiciones
legales de acceder al mismo.