VISTO: La gestión de la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación a
fin de que el Cementerio Viejo de Paysandú que data del año 1835 sea
declarado Monumento Histórico.
RESULTANDO: I) En 1859 Francisco Poncini construyó la capilla del
cementerio la cual por su sencillez recuerda a las de las zonas rurales
del país.
III) A iniciativa de vecinos de Paysandú el 2 de diciembre de 1881, la
Ley 1555 declaró al Cementerio Viejo monumento público departamental a
perpetuidad.
IV) En 1887, Luis Galán y Rocha -en su carácter de Presidente de la Junta
Económica Administrativa de Paysandú- encargó los planos y la ejecución
del proyecto al agrimensor José M. Guerrin para "transformar" el
cementerio en una necrópolis de inspiración europea. La influencia
italiana -a través de la corriente grecolatina- queda de manifiesto en
las construcciones realizadas y en las hermosas esculturas traídas de
Italia entre las que se destacan las obras de Giovanni del Vecchio de
Morelli y de José Livi.
CONSIDERANDO: I) El Poder Ejecutivo animado del propósito de preservar
los bienes culturales nacionales y darles su debida relevancia, accederá
a lo solicitado.
ATENTO: A lo expuesto, a lo dictaminado por la Comisión del Patrimonio
Cultural de la Nación a lo establecido en la Ley 14.040 de octubre de
1971 y en el Decreto Reglamentario 632 de noviembre de 1972,
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
DECLARASE el carácter de Monumento Histórico del Cementerio Viejo de la
ciudad de Paysandú ubicado entre las calles Artigas, Soriano, José Pedro
Varela y Montecaseros.
DISPONESE que las construcciones que conforman el cementerio quedan
afectadas por las servidumbres previstas en el artículo 8 de la Ley
14.040 del 20 de octubre de 1971.
COMUNIQUESE al Ministerio de Educación y Cultura, al Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, a la Intendencia Municipal de Paysandú, a la
Junta Departamental de Paysandú, a la Comisión del Patrimonio Histórico
de Paysandú y a la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación.