APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES PROFESIONALES. EJERCICIO 1994




Promulgación: 27/01/1994
Publicación: 21/02/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
    Visto: Que la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales
Universitarios elevó con fecha 10 de diciembre de 1993, el Presupuesto de
Sueldos, Gastos e Inversiones para 1994.

    Resultando: I) Que el referido Presupuesto, ha sido aprobado por
unanimidad de los Integrantes del Directorio del citado Organismo de
acuerdo a lo establecido en el Art. 14 de la Ley Nº 12.997 de 28 de
diciembre de 1991, como asimismo por los miembros de la Comisión Asesora;

    Considerando: Que el mencionado Proyecto no merece observaciones que
formular, por lo que procede en consecuencia la aprobación del mismo.

    Atento: A lo expuesto precedentemente, a lo establecido en el Art. 14
de la Ley Nº 12.997 de 28 de diciembre de 1991, a lo informado por la
Oficina Sectorial de Planeamiento y Presupuesto en fecha 4 de enero de
1994 y a la Resolución Presidencial Nº 791/91 de fecha 16 de octubre de
1991.

     El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, en ejercicio de las
atribuciones delegadas

                              RESUELVE:

1

   Apruébase el Presupuesto de Sueldos, Gastos e Inversiones para el
ejercicio 1994 de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales
Universitarios. 

2

   Comuníquese y pase a sus efectos a la Caja de Jubilaciones y Pensiones
de Profesionales Universitarios. 

RICARDO REILLY
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